Fallo de la Corte exige otorgar la personería gremial a FETERA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó el otorgamiendo de la personería gremial a nuestra Federación (FETERA), rechazando los recursos de queja interpuestos al trámite por parte del Ministerio de Trabajo y la FATLyF.

El fallo lleva las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti y marca un enorme avance en materia de libertad y democracia sindical en Argentina. Se trata, sin dudas, de un hecho histórico.

El Secretario Adjunto de FETERA, Julio Acosta, aseguró que “ya no hay más recursos para el Estado, ni para el sindicalismo empresarial de la FATLYF, el ministerio debe dar la personería a la FeTERA”. Para el dirigente, este fallo permitirá a la organización “poder intervenir con muchas más fuerza en sus posturas políticas en defensa de la patrimonio nacional y de la recuperación las empresas privatizadas de servicios esenciales que consideramos que deben estar en manos del Estado y que su renta debe ser usada para el desarrollo nacional. Hoy la renta es fugada a las casas matrices de las multinacionales para el desarrollo de otras economías y no la de nuestro país. Es necesario recuperar esas empresas porque hemos perdido soberanía en términos energéticos”.

En el año 2017 la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V, en la causa “Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social” (Expediente 66541/2015), hizo lugar a la demanda y ordenó al Ministerio de Trabajo otorgar personería gremial a la FETERA.

Contra dicha sentencia interpusieron recursos extraordinarios el Ministerio de Trabajo y la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF) que se había presentado como tercero, los que fueron rechazados por la Cámara con fecha 9 de abril de 2018. A pesar de ese rechazo, el Ministerio de Trabajo y la FATLYF interpusieron recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que revise la decisión de la Cámara.

Con fecha 4 de junio la Corte Suprema rechazó ambos recursos de queja con lo que no existe recurso pendiente y, por tanto, el Ministerio de Trabajo, en cumplimiento de la sentencia de la Cámara del Trabajo, debe otorgar la Personería Gremial a la FETERA.

“La otorgación de la personería gremial para la FeTERA es una afirmación de la lucha por la libertad sindical en la Argentina. Hoy en Argentina la libertad sindical no existe, es el Estado quien determina quien tiene personería y quien no, y eso ocurre en muy pocos países del mundo y por eso la OIT le pide todos los años a la Argentina que adecue su legislación con respecto a los sindicatos y que modifique la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551). En la mayoría de países del mundo los trabajadores se organizan, hacen las asambleas y congresos que corresponden, se inscriben y a partir de ahí ya tienen legalidad, aquí esto no ocurre así, es el Estado quien lo determina”, detalló Acosta.

Sin dudas, es inseparable este triunfo de la figura de José Rigane. El Secretario General de FETERA recientemente fallecido fue un incansable luchador por esta causa. Lamentablemente, no llegó a ver este enorme triunfo, pero será sin dudas parte del legado en el que invirtió décadas de su vida, con gran capacidad política, humana y organizativa.

Sindicato de Luz y Fuerza de Zárate

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